Enviado por maodogo en 20 Marzo, 2017 - 06:21
Apreciados camaradas:
Nos complace compartirles que el Consejo de Estado, luego de la demanda impetrada por la CUT, con solicitud de medida tutelar para la suspensión o derogación del Decreto 583, en el día de hoy falló suspendiendo los efectos del decreto hasta tanto no se dé una decisión de fondo de dicho organismo judicial.
Por lo expuesto, consideramos que la fuerza de los argumentos y el excelente trabajo jurídico de la CUT, con el acompañamiento asesor de otras entidades, generaron los resultados que recibimos con complacencia, pero que nos indican redoblar esfuerzos y agotar las acciones a que haya lugar, para lograr la derogación de tan funesta decisión del gobierno nacional, plasmada con la promulgación del precitado decreto.
Fraternal saludo,
Enviado por maodogo en 24 Abril, 2016 - 09:27
El pasado 8 de abril, con la firma del Ministro de Trabajo, Luis Eduardo Garzón, el gobierno expidió el decreto 583, que reglamenta los aspectos generales de las investigaciones administrativas sancionatorias sobre tercerización laboral ilegal en Colombia.
Este Decreto, reglamentario del artículo 63 de la ley 1429 de 2010 (ley de formalización laboral) y del artículo 74 de la ley 1753 de 2015 (ley que adoptó el plan de desarrollo), a juicio de la Escuela Nacional Sindical representa un retroceso en la materia, y va en contravía de lo que inicialmente se estipuló en el Plan de Acción Laboral (PAL) suscrito entre los gobiernos de Colombia y EEUU.
Enviado por maodogo en 20 Abril, 2016 - 15:41
El pasado viernes 8 de abril del presente año, el gobierno expidió el decreto 583 con el cual dice reglamentar el artículo 63 de la ley 1429 de 2010 y el artículo 74 del Plan Nacional de Desarrollo.
Este decreto en su esencia legaliza todo tipo de tercerización laboral, en cualquier tipo de empresa pública o privada, si el intermediario cumple los derechos laborales individuales, con lo cual el empresario o Estado pueden tercerizar cualquier actividad, incluso si es misional y permanente.
Este decreto, absolutamente regresivo, es violatorio de la ley y de los reiterados fallos de la Corte Constitucional.